Pérdida Severa de Agudeza Visual y Ceguera Legal: Baremos del Tribunal Médico para Incapacidad Permanente 2026
Disminución bilateral irreversible de la visión central o periférica (agudeza visual inferior a 0.1 en el mejor ojo con corrección o campo visual reducido a menos de 10 grados concéntricos).
Criterios Oficiales de Evaluación del INSS
Limitaciones Funcionales Clave Valoradas por el EVI
- ⚠️ Incapacidad para lectura continuada, visualización de pantallas o tareas de precisión
- ⚠️ Prohibición de conducción de vehículos a motor (no apto DGT)
- ⚠️ Peligro severo para uno mismo o terceros en entornos industriales
- ⚠️ Dificultad o imposibilidad para la deambulación en entornos no adaptados
Pruebas Médicas Determinantes para el Tribunal
- 📋 Informe oftalmológico de Agudeza Visual corregida en ambos ojos (Escala Snellen)
- 📋 Campimetría computarizada bilateral (Campo visual de Goldman o Humphrey)
- 📋 Tomografía de Coherencia Óptica (OCT) de mácula y papila
- 📋 Potenciales Evocados Visuales (PEV)
Tabla de Compatibilidad Laboral por Profesión
Preguntas Frecuentes sobre Pérdida Severa de Agudeza Visual y Ceguera Legal e Incapacidad
¿Qué grado de pensión dan por perder la visión de un ojo?
Otorga la Incapacidad Permanente Total para aquellas profesiones que requieran visión estereoscópica (3D), conducción profesional, trabajos en altura o de precisión. Si conservas el otro ojo sano y tu trabajo es de oficina, el INSS suele denegarla salvo excepciones.
¿Qué baremo se exige para la Incapacidad Absoluta por ceguera?
Tener una agudeza visual en el mejor de los ojos, con gafas o lentillas, inferior a 0.1 (escala de Snellen) o un campo visual concéntrico reducido a menos de 10º.
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